El Juez declara nulo el despido a una mujer en tratamiento de fertilidad
La sentencia, pionera en España, obliga a una empresa a readmitir a la trabajadora que anunció una baja para someterse a una fecundación in vitro

La trabajadora desempeña su función en la empresa Twins Alimentación desde el año 2007 y le fue comunicado su despido al día siguiente de informar a la empresa de su intención de solicitar la baja para someterse a dicho tratamiento.
La sentencia juzga que el despido es nulo y considera que la empresa ha discriminado a esta trabajadora por razón de sexo. Es una sentencia pionera en España y es que se considera por primera vez a una trabajadora en tratamiento para quedarse embarazada como si lo estuviera.
Así lo explica su representante sindical, Sonia Argüelles (USO), gran defensora de la conciliación de la vida familiar y laboral de cualquier mujer. Argüelles expone que en el sector de la alimentación se han dado pasos enormes en este campo, pero todavía queda mucho por hacer. «Llevamos dos años y medio trabajando para conseguir reducciones horarias o jornadas acordes con los horarios de los niños», explica.
Cuando comunicaron el despido a esta trabajadora, acudió a USO. El sindicato y la letrada Isabel Labat analizaron el caso antes de presentarlo ante los tribunales porque no había jurisprudencia sobre este tema, salvo casos aislados en Europa. La sentencia es muy clara.





























